
La Policía Local tiene diversas funciones que podríamos definir como institucionales y de auxilio y/o de asistencia.
A) Las funciones institucionales de la Policía Local han quedado definidas en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el art. 53.
Estas funciones son:
* Realizar diligencias de prevención.
* Todas aquellas actuaciones tendentes a evitar actos delictivos.
* El auxilio en accidentes o catástrofes ( participando con Protección Civil).
* La vigilancia de espacios públicos y la colaboración con otros cuerpos de Policía en la protección y mantenimiento del orden en las manifestaciones o grandes concentraciones humanas.
* La cooperación en la resolución de conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
* Velar por el cumplimiento de la normativa de medio ambiente y protección del entorno.
* Llevar a cabo las actuaciones necesarias a garantizar la seguridad viaria en el municipio.
* Cualquier otra función de policía y de seguridad que de acuerdo con la legislación les sean encomendadas.
B) En la práctica y especialmente de Policía Local ocupa una gran parte de su tiempo en funciones de auxilio y de asistencia social, en cierta medida el policía es como un trabajador social. Estas funciones las podríamos definir de ayuda en estos casos: mediación en peleas y conflictos, 1ª asistencia y traslado de enfermos, heridos y enfermos mentales, intentos de suicidio, alcohólicos, niños con dificultades, drogadictos, violaciones, urgencias (incendios,...), vigilancia ecológica y rural, mejora de calidad de vida (humos, ruidos, etc..), vigilancia en actos populares, informaciones diversas, etc.
A) Las funciones institucionales de la Policía Local han quedado definidas en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el art. 53.
Estas funciones son:
- La ordenación, señalización y dirección del tráfico urbano de acuerdo con las normas de circulación.
* Realizar diligencias de prevención.
* Todas aquellas actuaciones tendentes a evitar actos delictivos.
* El auxilio en accidentes o catástrofes ( participando con Protección Civil).
* La vigilancia de espacios públicos y la colaboración con otros cuerpos de Policía en la protección y mantenimiento del orden en las manifestaciones o grandes concentraciones humanas.
* La cooperación en la resolución de conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
* Velar por el cumplimiento de la normativa de medio ambiente y protección del entorno.
* Llevar a cabo las actuaciones necesarias a garantizar la seguridad viaria en el municipio.
* Cualquier otra función de policía y de seguridad que de acuerdo con la legislación les sean encomendadas.
B) En la práctica y especialmente de Policía Local ocupa una gran parte de su tiempo en funciones de auxilio y de asistencia social, en cierta medida el policía es como un trabajador social. Estas funciones las podríamos definir de ayuda en estos casos: mediación en peleas y conflictos, 1ª asistencia y traslado de enfermos, heridos y enfermos mentales, intentos de suicidio, alcohólicos, niños con dificultades, drogadictos, violaciones, urgencias (incendios,...), vigilancia ecológica y rural, mejora de calidad de vida (humos, ruidos, etc..), vigilancia en actos populares, informaciones diversas, etc.


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